Idealista Redacción 28 junio 2022, 12:20
El fenómeno de la okupación es cada vez más frecuente en nuestro país. De hecho, un estudio realizado recientemente por el Ministerio de Interior revelaba 13.389 denuncias en los nueve primeros meses del 2021, lo que supone un 20% más que durante el año anterior. Si se compara con las cifras conocidas hace cinco años, el crecimiento de la okupación es del 40%.
“principalmente en Cataluña, con más del 40% de las denuncias, una cifra que es casi cuatro veces superior a las cifras de Madrid y tres veces más que en Andalucía, y por encima de la Comunidad Valenciana, Castilla La Mancha o Murcia, donde tampoco se libran de este fenómeno”, afirma Jesús Duque, vicepresidente de Alfa Inmobiliaria, con 112 agencias franquiciadas en España, y 113 oficinas más a nivel internacional (México, República Dominicana, Bolivia y Francia).
Una de las características de estas viviendas, en opinión de Duque, es que muchas de ellas provienen de herencias. “Al estar mucho tiempo vacías estas propiedades se quedan más desprotegidas y son presa fácil”, afirma.
Múltiples perjuicios para el propietario
Los perjuicios para el propietario son múltiples. “Dejando de lado los problemas emocionales a los que lleva esta situación, una vivienda okupada tarda, de media, entre 3 y seis meses en ser recuperada por su propietario, en el mejor de los casos. (Y que puede prolongarse hasta 3 años, a dicha sinrazón habrá que añadir el asumir los costes por la defensa jurídica (abogado, procurador, tasas, etc), los gastos de suministros de agua, luz y gas, y los impuestos como el de bienes inmuebles (IBI), y una desvalorización del valor de la vivienda y en la mayoría de los casos una importante derrama de dinero para restaurar los daños ocasionados por los okupas a la propiedad). A ello tendremos que sumar los gastos de abogados, la cuantiosas reparaciones que el propietario debe abordar tras el desahucio, y, en el mejor de los casos, el pago de grandes cantidades a los responsables de la okupación para ahorrarles este calvario y recuperar su vivienda en menos tiempo”, añade Duque.
Por este motivo, la red Alfa Inmobiliaria ha realizado un estudio interno que cifra en un 30% el descuento que los propietarios están dispuestos a hacer a la hora de vender una vivienda okupada, y deshacerse del problema.
Aún así, no es fácil vender una vivienda okupada. Algunos de los motivos son evidentes: el propietario no tendrá fotos de los posibles desperfectos que tendrá la misma una vez que sea posible recuperarla, tampoco conoce el tiempo que llevará el proceso de desahucio, que suele demorarse meses a pesar del llamado “desahucio express”, ni los costes que tanto el proceso judicial como la reforma van a suponer.
Pero además, el nuevo propietario tendrá que abordar diversos gastos desde el mismo momento de su adquisición, y a pesar de no tener derecho a su disfrute como son el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), “si bien existe un cierto dilema para el comprador dado que su precio de compra en estos casos es claramente más bajo que el precio de mercado, que marca el impuesto a pagar”, añade Duque.
Todos estos motivos están provocando también que, el tiempo medio para vender una vivienda de estas características, ronde los 10 meses, muy por encima del plazo medio de venta de una vivienda en cualquier ciudad de España, si bien Alfa Inmobiliaria ya comienza a ver empresas especializadas interesadas en adquirir este tipo de propiedades.
PDeCAT registra una ley para desalojar okupas en 48 horas y dar competencias a vecinos y ayuntamientos
El PDeCAT ha registrado una proposición de ley en el Congreso con nuevos instrumentos para poder atajar el fenómeno de las ocupaciones ilegales con el objetivo de que los 'okupas' puedan ser desalojados en 48 horas, que la comunidad de propietarios pueda denunciarlos por la vía civil y que se dote de competencias a los ayuntamientos para tomar medidas.
Quien se lea esa proposición entenderá la diferencia de un titular de prensa y la cruda realidad, así como "como marear la perdiz y no hacer nada".
PD: Y es el propietario el que debe asumir los perjuicios de la ocupación y gastos de la defensa de sus intereses ante la administración pues el estado y/o administración competente hacen dejación de su obligación constitucional de la defensa de la propiedad privada de sus ciudadanos, e impide el uso de la fuerza propia o de terceros para recuperar su propiedad.
En azul mis aportaciones al articulo.