El Grupo Popular ha registrado en el Congreso
cinco enmiendas al Proyecto de Ley de medidas tributarias que acompaña a
los Presupuestos que establecen un nuevo procedimiento de
regularización en el Catastro que busca “mejorar la lucha contra el
fraude fiscal” al aflorar lo que no está en el registro y no es objeto
de gravamen, según ha adelantado hoy EXPANSIÓN.
Para ello, se crea una nueva tasa de 60 euros por cada inmueble
regularizado, que desaparecerá al finalizar el proceso, y se excluye la
aplicación de sanciones a quien no tenga al día sus datos en el
catastro.
El proceso se iniciará de oficio cuando se haya incumplido la
obligación de informar “de forma completa y correcta” sobre altas y
modificaciones de bienes urbanos y construcciones en suelo rústico. El
objetivo es que estos inmuebles pasen a tributar como les corresponde y
que las administraciones competentes “puedan liquidar las cuotas
correspondientes a los ejercicios tributarios no prescritos”.
Según justifica el Grupo Popular, “en la práctica existe una realidad
inmobiliaria no declarada –ya se trate de bienes inmuebles omitidos en
la base de datos catastral, ya se tate de alteraciones de los mismos
(como construcciones, rehabilitaciones, mejoras, etc.) que en la medida
en que no se ha incorporado al Catastro Inmobiliario no es objeto de
tributación ni en el IBI ni en el IRPF, con el consiguiente perjuicio
para las finanzas públicas y lesión de principios de generalidad y
justicia tributaria”.
Es decir, se aflorarán inmuebles ocultos en los últimos cuatro años.
La ley se está tramitando de urgencia, por lo que entrará en vigor antes
de que acabe el año, todavía en 2012.
La incorporación en el Catastro de los bienes inmuebles o la
modificación de su descripción surtirá efectos desde el día siguiente al
que se produjeron los hechos que origine la incorporación o el cambio.
La determinación de la base liquidable del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles (IBI) para los bienes objeto de la regularización la realizará
la Dirección General del Catastro conforme a la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales. El Catastro irá decidiendo dónde y cuándo se revisan
los datos inmobiliarios, con el objetivo de que el proceso esté
completado antes de 31 de diciembre de 2016, si bien los plazos podrán
ser ampliados.
Aplicación territorializada
Así, en su justificación, la enmienda explica que, “dado que se pretende que la regularización pueda desarrollarse a escala nacional, su implementación sólo puede realizarse de forma territorializada, por lo que resultará de aplicación en los municipios que se determine en cada ejercicio, con el objetivo de que al final del cuatrienio esté completo todo el territorio”.
Así, en su justificación, la enmienda explica que, “dado que se pretende que la regularización pueda desarrollarse a escala nacional, su implementación sólo puede realizarse de forma territorializada, por lo que resultará de aplicación en los municipios que se determine en cada ejercicio, con el objetivo de que al final del cuatrienio esté completo todo el territorio”.
Hacienda se ha centrado en los bienes inmuebles urbanos y
construcciones en suelo rústico que no hayan sido objeto de declaración
“por ser estos los ámbitos en los que se ha detectado las omisiones más
relevantes desde el punto de vista cuantitativo y tributario”.
Además, otra enmienda permite determinar nuevos valores para los
inmuebles que cuenten con “construcciones en suelo de naturaleza rústica
que sean indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas,
ganaderas o forestales, sin necesidad de que se realice un procedimiento
de valoración colectiva general” en aquellos municipios donde no haya
habido ninguna revisión desde 2006. El objetivo es su puesta en
tributación efectiva lo antes posible.
Hacienda quiere que el proceso sea “ágil y operativo”. Para ello,
cuando cuente con datos suficientes y no existan terceros afectados por
el procedimiento de inspección, éste podrá iniciarse directamente con la
notificación del acta de inspección, en la que se incluirá la propuesta
de regularización. El expediente se pondrá de manifiesto a los
interesados, para la presentación de alegaciones, durante un plazo de 15
días. Cuando transcurrido el plazo los interesados no hayan formulado
alegaciones, la propuesta de regularización se convertirá en definitiva.
Estas enmiendas refuerzan al Proyecto de Ley, que ya establece que
“las leyes de presupuestos generales del Estado podrán actualizar los
valores catastrales por aplicación de coeficientes”, que podrán ser
diferentes para cada grupo de municipios o para cada clase de inmuebles.
También podrán actualizar los valores catastrales de los inmuebles
urbanos de un mismo municipio por aplicación de coeficientes en función
del año de entrada en vigor de los valores correspondientes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario